Logo
🔍

1 Timoteo 5 BDO1573

« Reglas que guardará el Obispo en la administracion de la Christiana disciplina. 1. Acerca de las correciones. 2. Acerca de las biudas. 3. del sustento de los Ancianos. 4. Del juyzio.

1. Al mas viejo no riñas, mas exhortalo como à padre: à los mas moços, como à hermanos:

2. Alas viejas, como à madres: à las mas moças, como àhermanas cõ toda limpieza.

3. A las biudas honrra, las que deverdad ſon biudas.

4. Y ſi alguna biuda tuuiere hijos o nietos, aprendan primero à gouernar ſu caſa piamente, y à recompensar à ſus padres: porque eſto es lo honesto y agradable delante de Dios.

5. Mas la que de verdad es biuda, y sola, eſpera en Dios, y es diligente en supplicaciones y oraciones noche y dia.

6. Porque la que biue en delicias, biuiendo eſtá muerta.

7. Manda, pues, eſto, para que ſean ſin reprehension.

8. Y ſi alguno no tiene cuydado de los suyos, y mayormente de los de ſu caſa, la fe negó, y es peor que el que no creyó.

9. La biuda ſea puesta en officio no menos que de sesenta años, la qual aya sido muger de vn varon.

10. Que tenga testimonio en buenas obras, Si crió bien ſus hijos, Si ha hospedado, Si ha lauado los pies de los Sanctos, Si ha socorrido à los que han padecido afflicion, Si hà seguido toda buena obra.

11. Mas las biudas mas moças no admitas: que deſque han biuido diſſolutamẽte contra el Chriſto, quierense casar:

12. Cõdemnadas ya, por auer falsado la primera fe.

13. Item, ansimismo tambien las ociosas enseñadas à andar de caſa en caſa: y no solamente ociosas, mas aun parleras, y curiosas, parlando loque no conuiene.

14. Quiero, pues, que las mas moças ſe casen, crien hijos, gouiernen caſa: que ninguna ocasion den àl aduersario para mal dezir.

15. Porque ya algunas han buelto atràs en pos de Satanas.

16. Y ſi algũ fiel [ô alguna fiel] tiene biudas, mantengalas, y no séa cargada la Igleſia: paraque ya loque es menester para las que de verdad ſon biudas.

17. Los Ancianos que gouiernan bien, ſean auidos por dignos de doblada honrra: y mayormente los que trabajan en predicar y enseñar.

18. Que la Escriptura dize, No atarás la boca àl buey que trilla. Item, Digno es el obrero, de ſu jornal.

19. Contra el Anciano no recibas accusacion ſi no con dos otres teſtigos.

20. A los que peccáren, redarguyelos delãte de todos, paraque los otros tambien ayan temor.

21. Requiero te delãte de Dios y del Señor Iesus el Chriſto, y de ſus Angeles escogidos, que guardes estas coſas: ſin per juyzio de nadie, que nada hagas acostandote à la vna parte.

22. No facilmente impongas las manos à alguno, ni communiques en peccados agenos. conseruate en limpieza.

23. No beuas de aqui adelante agua, ſi no vsa de vn poco de vino por cauſa del estomago y de tus continas enfermedades.

24. Los peccados de algunos hombres antes que vẽgã à juyzio, ſon manifiestos: à otros les vienen deſpues:

25. Ansimismo las buenas obras antes ſon manifiestas: y las que ſon de otra mane ra, no ſe pueden esconder.

»